VENDER DE POR VIDA
¿Quién puede vender renta vitalicia?
-
Cualquier persona con capacidad legal puede vender una vivienda como renta vitalicia.
-
La renta vitalicia puede establecerse en beneficio de varias personas.
-
Para que la venta sea válida, la futura muerte del beneficiario debe ser imprevisible. Por tanto, el comprador no debe haber tenido conocimiento de una enfermedad de la que se haya visto afectado el vendedor en el momento de la firma de la escritura de compraventa.
-
Si el vendedor fallece dentro de los 20 días siguientes a la firma de la escritura de compraventa, entonces la ley considera que el evento era previsible y que la venta no es válida. Los herederos del beneficiario pueden solicitar la anulación de la venta ante el tribunal.
Una vida es una venta de una propiedad con la firma de un contrato de venta por escritura en el notario. El vendedor debe proporcionar un archivo completo con superficie, amianto, gas, electricidad, etc….
Estas son las características para vender en la vida:
-
Ser el único dueño de la propiedad
-
Ser mayor de 60 años como mínimo
-
Esté en plena posesión de sus medios intelectuales.
VENTAJAS PARA EL VENDEDOR
Para el vendedor, la renta vitalicia es una fórmula que le permite asegurar un ingreso regular hasta el final de su vida.
Si conservaba la propiedad de su propiedad, no podría beneficiarse del capital que tenía y este volvería a sus herederos. Esta solución es adecuada para personas que no tienen herederos, a menos que el vendedor done el "ramo" a sus hijos que se benefician de inmediato y la anualidad proporciona un ingreso para escapar de la dependencia.
Además, la venta en la vida puede resolver la cuestión de la sucesión y si no hay otros bienes inmuebles para evitar el recurso a un notario para la sucesión, que entonces no es obligatorio. La anualidad debe estar indexada, generalmente utilizando un índice INSEE sobre el consumo de los hogares.